Hola amigos hoy vamos
ver un caso muy común que se presenta al momento de importar o exportar
un producto y es ¿Cómo defino que tipo de operación aduanera quiero hacer?, aun
cuando esto pareciera ser algo básico, existen muchas dudas al momento de tomar
la decisión.
Dos cosas debemos tener muy claras antes de escoger la clave
de pedimento, la primera es el tipo de operación que vas a realizar y aquí esta
fácil porque solo son tres:
(IMD) Importación
(EXP) Exportación/ Retorno
(TRA) Transito
Las primeras dos opciones son muy claras, será una importación
o una exportación y el tercero se utiliza para enviar mercancía de una
aduana a otra.
Lo segundo que debes tener muy claro es el Régimen, en México
son 10:
·
IMD DEFINITIVOS
DE IMPORTACIÓN (Art. 96 'Ley Aduanera').
·
EXD DEFINITIVO
DE EXPORTACIÓN (Art. 102 'Ley Aduanera').
·
ITR TEMPORALES
DE IMPORTACIÓN PARA RETORNAR AL EXTRANJERO EN EL MISMO ESTADO (Art. 106Ley Aduanera).
·
ITE TEMPORALES
DE IMPORTACIÓN PARA ELABORACIÓN, TRANSFORMACIÓN O REPARACIÓN PARA EMPRESAS CON
PROGRAMA IMMEX (Art. 108Ley Aduanera).
·
ETR TEMPORALES
DE EXPORTACIÓN PARA RETORNAR AL PAÍS EN EL MISMO ESTADO (Art. 115Ley Aduanera).
·
ETE TEMPORALES
DE EXPORTACIÓN PARA ELABORACIÓN, TRANSFORMACIÓN O REPARACIÓN (Art. 117Ley
Aduanera).
·
DFI DEPOSITO
FISCAL (Art. 119Ley Aduanera).
·
RFE ELABORACIÓN,
TRANSFORMACIÓN O REPARACIÓN EN RECINTO FISCALIZADO (Art. 135Base de datos 'Ley
Aduanera', Vista 'Ley').
·
TRA TRÁNSITOS
(Art. 124Base de datos 'Ley Aduanera', Vista 'Ley').
·
RFS RECINTO
FISCALIZADO ESTRATÉGICO (Art. 135-ALey Aduanera).
Quizá ahora te parezca complicado, pero no
lo es, y vamos a ver:
Los pedimentos de transito los realizan
empresas que a eso se dedican a trasladar mercancías de una aduana a otra por
lo que tú solo debes definir si es una importación o exportación hasta ahí todo
bien, todas las claves de pedimento se
relacionan con su régimen, aunque son muchas las variantes hay cosas básicas por
ejemplo lo primero que te debes preguntar es si la mercancía que importas o
exportas va a retornar, si no va a retornar entonces serán definitivas de importación
o exportación, si es temporal debes
preguntarte en que estado va a regresar,
en su mismo estado, transformada o reparada y al final pregúntate ¿dónde
se hará?.
Ahora veamos la parte final y definitiva, en el
anexo 22, en el Apéndice 2 vienen las claves de pedimento y su supuesto de aplicación
agrupada por régimen, ahí de acuerdo a tu necesidad definirás con precisión la
clave de pedimento, veamos un ejemplo:
Quieres enviar a reparar un motor.
1 Lo enviaras al extranjero por lo tanto es
una exportación.
2 ¿Va a retornar? SI, por lo tanto es temporal
3 ¿En qué estado va a retornar? Reparado,
por lo tanto nuestro régimen será ETE
TEMPORALES DE EXPORTACIÓN PARA ELABORACIÓN,
TRANSFORMACIÓN O REPARACIÓN
4 Ahora vamos al Apéndice 2 al régimen de exportación
temporal y nos mostrara únicamente las claves de pedimento que correspondan según el supuesto de aplicación
que nos indique, en este caso será un BM.
Se que hoy te suena difícil, pero
con la práctica se volverá algo cotidiano. También te recomiendo que leas el
Manual de Claves de Documento de Aduana México ahí encontraras toda la información, supuestos de
aplicación, base normativa y particularidades de cada clave.
Espero que esta información te sirva, como
algo básico dentro del comercio exterior.
Saludos y Bendiciones.