En la primera parte (te invito a que veas la Parte I OMC) pusimos en contexto como los países de la OMC acuerdan los aranceles máximos que se podrán aplicar entre los países miembros, una vez hecho esto cada país define los aranceles que efectivamente aplicara respetando los topes máximos acordados.
En México es facultad del Ejecutivo Federal crear, aumentar,
disminuir o suprimir aranceles. Por definición un arancel es un tributo que se
impone sobre un bien o servicio cuando cruza la frontera, en el caso de nuestro
país al importar o exportar, aunque la mayoría las fracciones arancelarias para
la exportación están gravadas a tasa 0, existen casos de productos derivados de
animales o vegetales donde sí se aplican impuestos, principalmente en el caso
de especies amenazadas y protegidas por la Convención CITES.
Para comprender mejor
como impactan los aranceles en el precio final de un producto o servicio importado,
definiremos algunos conceptos y después veremos los tres tipos de aranceles que
se manejan en México.
Precio pagado o valor comercial: es el pago total que
por las mercancías importadas haya efectuado o vaya a efectuar el importador de
manera directa o indirecta al vendedor o en beneficio de éste.
Valor transacción o
valor Aduana: comprende además del precio pagado, el importe de los siguientes
cargos siempre que corran a cargo del importador y no estén incluidos en el
precio pagado por las mercancías, estos se conocen como Otros Incrementables:
1. Las comisiones y los gastos de corretaje, salvo las
comisiones de compra.
2. El costo de los envases o embalajes que, para efectos
aduaneros, se considere que forman un todo con las mercancías de que se trate.
3. Los gastos de embalaje, tanto por concepto de mano de
obra como de materiales.
4. Los gastos de transporte, seguros y gastos conexos tales
como manejo, carga y descarga en que se incurra con motivo del transporte de
las mercancías hasta que llegan a la aduana en México.
Es importante saber esto para comprender que la base gravable
del impuesto general de importación es el valor en aduana de las mercancías, salvo
los casos en que la ley de la materia establezca otra base gravable.
En Mexico tenemos 3 tipos de aranceles los cuales podrán ser:
Ad-valorem, cuando se expresen en términos
porcentuales del valor en aduana de la mercancía.
Específicos, cuando se expresen en términos
monetarios por unidad de medida.
Mixtos, cuando se trate de la combinación de los dos
anteriores.
Para fines prácticos pondré un ejemplo con el arancel más
usado que es el ad-valorem en la importación de un motor eléctrico:
Recordemos que cada país de acuerdo con la clasificacion
arancelaria del Sistema Armonizado (SA), determina el arancel que efectivamente
aplicara a sus importaciones, entonces la fracción arancelaria que le
corresponde al motor eléctrico es la 85014005 y en México esta paga un arancel Ad-valorem, porque se representa en un valor porcentual de la mercancía de un 5%, cabe
destacar que cada fracción arancelaria trae explicito el tipo de arancel que
aplica y sus porcentajes o cantidades.
El motor tiene un precio con el proveedor de 1000 mxp (pesos mexicanos)
(Precio pagado o valor comercial)
Pero además pagamos:
Flete 150 mxp
Seguro 15 mxp
Esto nos da un total de 1165 mxp (Valor transacción o valor Aduana)
Los 1165 mxp sera la base gravable,
esto se multiplicaría por el porcentaje de arancel de 5%, por lo que estaríamos
pagando 58 mxp de arancel.
Importante hay que aclarar que nos enfocamos exclusivamente
en el arancel, en otra ocasión veremos el calculo del IVA en la importación y
otros como el Derecho de trámite Aduanero (DTA).
Como siempre espero que esto te sea de utilidad, leo sus comentarios.
Bendiciones